REQUISITOS Y CONDICIONES DE LA PROMOCIÓN

PRECIOS BLACK FRIDAY CERTIFICADOS

PATROCINADOR Y PARTICIPANTES

1. La promoción, su mecánica, la publicidad y los derechos de autor que de la actividad se deriven, son propiedad intelectual de la empresa GMG COMERCIAL COSTA RICA, S.A en adelante EL PATROCINADOR a nombre de la cadena de tiendas de electrodomésticos Monge, excepto los locales del Depósito Libre de Golfito y tienda en línea www.tiendamonge.com.

2. La vigencia de esta promoción es desde el martes 1 de octubre de 2024 hasta el sábado 30 de noviembre de 2024 y aplica únicamente en las tiendas Monge detalladas en el punto anterior.
   2.1. La vigencia de esta promoción podría extenderse a criterio de EL PATROCINADOR, quien estará comunicándolo previamente en el punto de venta.


3. Solamente podrán reclamar esta promoción personas físicas mayores de 18 años que cuenten con un documento de identidad válido y al día, reconocido por el Gobierno de la República de Costa Rica.
    3.1. No participan menores de edad ni siquiera con la autorización de sus padres, encargados, o responsables.

BENEFICIO PARA EL CLIENTE

4. El beneficio principal de la promoción consiste en una “Certificación de Precio” por medio de la cual EL PATROCINADOR asegura que el precio publicado en el período de la promoción no variará con respecto al precio del mismo artículo durante toda la temporada de Black Friday (período de la promoción establecido en el punto 2 de este reglamento) en Tiendas Monge. En caso de que se modifique el precio de un artículo y tenga una reducción de precio, que se ha comunicado como “certificado”, se reconocerá la diferencia en forma inmediata para los clientes que presenten la factura que demuestre que han comprado en el periodo establecido en este reglamento. Si por alguna razón se sube un precio durante el periodo de la promoción y el cliente asiste a la tienda con la publicidad del precio publicado, se debe reconocer como descuento en la venta del artículo.

 

PRODUCTOS A LOS CUALES APLICA LA GARANTÍA DE PRECIOS

5. Esta promoción aplica a todos los productos publicados por EL PATROCINADOR bajo la promoción de “Precios de Black Friday Certificados” en un medio televisivo, radial o digital de cobertura nacional durante la vigencia de la promoción.

OBLIGACIONES DEL CLIENTE

6. Toda persona que desee hacer uso de esta “Certificación de Precio” deberá tener conocimiento del presente reglamento, ya que su aceptación conlleva la forzosa e ineludible obligación de conocer las condiciones, limitaciones y responsabilidades que se establecen para las partes. Si una persona no se adhiere o no demuestra su voluntad de aceptar estas condiciones, liberará de forma automática a EL PATROCINADOR de cualquier responsabilidad.

7. Al hacer efectiva la “Certificación de Precio” el cliente autoriza a EL PATROCINADOR a usar su nombre e imagen en las redes sociales de Tienda Monge, así como en los puntos de venta, tanto en materiales impresos como audiovisuales.

OBLIGACIONES DE EL PATROCINADOR

8. EL PATROCINADOR deberá validar los reclamos presentados por El Cliente en un plazo no mayor a siete (7) días naturales, posterior a la recepción del reclamo.

SITUACIONES GENERALES EN LAS QUE NO APLICA LA CERTIFICACIÓN DE PRECIO

9. La “Certificación de Precio” no aplica en los siguientes casos o situaciones:
     9.1. Artículos fuera de la lista de la promoción, la cual es limitada y se puede consultar en los puntos de venta.
     9.2. Artículos con descuento, producto de una promoción y no se encuentren dentro de la lista seleccionada para esta promoción.
     9.3. Artículos en liquidación.
     9.4. Artículos para los cuales no se haya planteado el reclamo previo al periodo de la promoción.
     9.5. Artículos que sean publicados posterior a la vigencia de esta promoción.
     9.6. Artículos que hayan sido publicados con algún otro tipo de promoción, por ejemplo, pero no limitado a, bonos de descuento, combos u obsequios por compra, dos por uno (2x1) o descuentos ligados a alguna otra mecánica o promoción. O artículos que no apliquen a precio de Black Friday Certificado.
     9.7. Cualquier otro artículo que haya sido comercializado por medio de los canales especializados de Grupo Monge como son Canales de ventas al Magisterio (ventas por deducción de planilla), Ventas Institucionales, Ventas Corporativas, Monge Proyectos, Ventas por convenios con Asociaciones Solidaristas y Ventas al por mayor.

RESPONSABILIDAD, CONDICIONES Y RESTRICCIONES

10. Cada cliente podrá realizar a título personal un máximo de dos reclamos durante la vigencia de la promoción.

11. Todos los reclamos deberán presentarse en un periodo no mayor a cuarenta y ocho (48) horas a partir de la fecha de publicación durante la Temporada de Black Friday (ver punto 2 de este reglamento). Posterior a este período, EL PATROCINADOR no aceptará ningún tipo de reclamos sobre la promoción detallada en el presente documento.

12. En la publicidad de esta promoción se ha consignado la frase “CONSULTAR REGLAMENTO EN TIENDA”, en señal de que la participación de los interesados, así como la propia promoción, están sujetos a condiciones y limitaciones. Estas condiciones y restricciones son las que se indican en el presente documento.

13. Cualquier asunto que se presente con la promoción y que no esté previsto en el presente reglamento, será resuelto por EL PATROCINADOR, en estricto apego a las leyes de la República.

14. Los reclamos deben ser inmediatos en el punto de venta, y en segunda línea dirigidos al departamento de Mercadeo de GMG Comercial Costa Rica, S.A.

15. En ninguna circunstancia EL PATROCINADOR reconocerá el reclamo fuera de las disposiciones de este reglamento.

16. Si un consumidor no acepta la promoción o sus condiciones, se considerará que ha renunciado a su derecho de aplicar la “Certificación de Precio” y no le asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna, ni siquiera parcialmente. De esta circunstancia se levantará un acta notarial.

17. EL PATROCINADOR suspenderá en forma inmediata la presente promoción, sin asumir responsabilidad alguna, si se llegasen a detectar defraudaciones tales como alteraciones, imitaciones, reimpresiones, sustituciones o cualquier otra irregularidad en los tiquetes de
compra, o si se presentara una circunstancia de fuerza mayor que afecte gravemente los intereses de las empresas patrocinadoras.

18. Igualmente, EL PATROCINADOR se reserva el derecho de actualizar este reglamento en cualquier momento para introducir todas aquellas modificaciones necesarias para la buena marcha de la promoción. Las anteriores circunstancias se comunicarán en la misma forma que el presente reglamento, fecha a partir de la cual la promoción cesará, o la reforma al reglamento quedará vigente.

 

Escazú
Gerencia de Mercadeo
Tiendas Monge